El TSJA estima el recurso presentado contra el NO APTO en la prueba de entrevista psicológica

La Justicia ordena a la Benemérita que declare apto a un guardia civil en la entrevista personal

El TSJ estima el recurso contencioso-administrativo presentado contra el no apto en la prueba de entrevista psicológica

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado el recurso de un guardia civil y ordena a la Dirección General de la Benemérita que declare «apto» a este agente en la prueba de la entrevista personal de acceso a la escala de suboficiales y continúen con él las siguientes fases del proceso selectivo.

Por resolución de 26 de abril de 2019 se convocó el concurso-oposición para el ascenso a la Escala de Suboficiales en el Cuerpo de la Guardia Civil (publicado en el Boletín Oficial de la Guardia Civil el 30 de abril de 2019), al que se presentó el recurrente, que está destinado en la provincia de Jaén y lleva 14 años de servicio.

La fase de oposición constó de una prueba de conocimientos, psicotécnica, aptitud física y de una entrevista personal que tiene por objeto contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas. La entrevista personal constaba de dos partes: una entrevista grupal y una individual. Para la realización de las entrevistas se constituyó un órgano de apoyo asesor especialista compuesto por titulados en psicología y por oficiales de la Guardia Civil, y, de acuerdo a las bases, en las entrevistas a cada aspirante tenía que estar presente, al menos, un psicólogo.

El 1 de julio de 2019, el Tribunal de Selección hizo público el resultado final de las pruebas de aptitud psicofísica y calificó a este guardia civil como no apto en la prueba de la entrevista personal individual. El agente recurrió aquella resolución, pero el general jefe de Enseñanza de la Dirección General, el 4 de octubre de 2019, desestimó su recurso de alzada.

Entonces,   presentó una demanda solicitando la anulación de dicha resolución, que se declarara al recurrente como apto, y la inmediata incorporación con su promoción al centro docente, así como la condena en costas a la administración.

EL TSJ ANULA LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA POR NO SER CONFORME A DERECHO

Se alegó en el recurso que la resolución impugnada vulnera la motivación exigida al juicio técnico, manifestando que en la prueba de la fase grupal no obtuvo ningún tipo de déficit significativo.

Asimismo, señaló que en el informe sobre el resultado de la prueba de la entrevista personal de fecha 8 de agosto de 2019, firmado por el capitán, éste no había participado en modo alguno ella, de manera que no existiendo soporte audiovisual de la misma y haberse practicado en un formato único e irreproducible, difícilmente podría el mismo aportar dato alguno sobre la misma, ni sobre la aptitud psicológica de este agente.

Las conclusiones alcanzadas por los psicólogos como «arbitrarias, convirtiendo el informe evacuado en una suerte de subjetividades concatenadas, sin el menor rigor científico, pues no se indica por qué las respuestas dadas fueron inadecuadas, sin existencia de una grabación en vídeo que garantizaría la objetividad».

Asimismo, apuntó que no constan aportados los test de personalidad escritos realizados por el agente, «por lo que no existe elemento de prueba en el que se pueda sustentar la resolución impugnada».

El recurrente aportó una prueba pericial emitida por una perito y psicóloga industrial, que le realizó una batería de test, y tras aplicar el resultado de los mismos a las competencias en las que fue declarado deficiente -competencia de liderazgo, cualificación profesional, habilidades de comunicación- la conclusión fue que «tiene una personalidad y un perfil competencial adecuado para el desarrollo del puesto de sargento» y estimó errónea la declaración de no apto.

Ahora, el tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ ha dado la razón al recurrente al acreditar el informe pericial que presentó «que reúne los requisitos competenciales para el puesto de suboficial, desvirtuando con ello la presunción de validez del resultado de la prueba de entrevista individual, por la falta de motivación».

En consecuencia, ha estimado su recurso y ha anulado la resolución impugnada por no ser conforme a Derecho, condenando en costas a la administración, con el límite de 1.000 euros, más IVA.

La sentencia es la número 1502/2022, de 28 de abril, y la firman los magistrados Beatriz Galindo Sacristán (presidenta), María Rosa López-Barajas Mira y Silvestre Martínez García, que ha sido el ponente.

‘ARBITRARIAS ENTREVISTAS PSICOLÓGICAS’

«Las arbitrarias entrevistas psicológicas diseñadas por la Guardia Civil para el acceso a sus diferentes escalas han venido truncado los sueños de cientos de opositores al acceso y ascenso en el Cuerpo»,

Fuente: www.confilegal.com